Preguntas Frecuentes
¿Quiénes pueden inscribirse en el RPC?
Abogados admitidos al Tribunal Supremo de PR, CPA con licencia vigente y agrónomos (para decretos agrícolas). Deben presentar licencia vigente, Good Standing y evidencia de taller de orientación.
¿Para qué sirve estar inscrito en el RPC?
Para emitir Certificados de Pre-Elegibilidad y Certificados de Cumplimiento que habilitan el trámite expedito y la fiscalización de decretos bajo Ley 60-2019.
¿Cuál es el costo y cómo pago?
El trámite se paga en línea en el sistema de de Registros de la ASG. Monto: $105. Debes tener tus datos y documentos listos antes de realizar el pago.
¿Puedo certificar solicitudes de mi propia empresa o clientes con los que tengo participación?
No. El RPC prohíbe conflictos de interés. No puedes ser empleado, accionista ni tener interés financiero directo o indirecto en el solicitante o sus afiliadas.
¿Los agrónomos pueden emitir Certificados de Pre-Elegibilidad?
Sí, exclusivamente en solicitudes de decretos para agricultores bona fide bajo el capítulo agrícola aplicable. Deben consignar operaciones y licencias agrícolas pertinentes.
¿Cómo presento un Certificado de Pre-Elegibilidad?
Debes anexar tu Certificado de Registro RPC vigente y firmar el informe bajo pena de perjurio, citando las disposiciones aplicables y confirmando el cumplimiento del solicitante.
¿Cómo radico un Certificado de Cumplimiento (fiscalización)?
Desde el Portal de Incentivos, en ‘Otros Trámites’ → ‘Decree Transactions’ → ‘Compliance Certificate’. Adjunta carta de trámite y el certificado firmado.